Los funcionarios piden a la Junta Electoral Central que excluya del censo a los nacionalizados dudosos

CSIF, el sindicato mayoritario de los funcionarios, da un paso al frente para proteger a los empleados públicos ante la elevada inseguridad jurídica en la que se encuentran quienes tramitan expedientes de nacionalidad por la instrucción de Justicia que amplía masivamente el alcance de la Ley de Memoria Democrática o 'ley de nietos'.
El Gobierno les obliga a aplicarla, poniéndoles en la tesitura de seguir la orden, conociendo su dudosa legalidad -una instrucción de una directora general no puede ampliar el contenido de una ley- o denunciarla.
Por ello, en un escrito dirigido a la Junta Electoral Central (JEC) al que ha tenido acceso ABC, el presidente de CSIF, Miguel Borra Izquierdo, pide «la intervención inmediata» de esta institución.
En concreto, solicita que la Oficina del Censo Electoral remita una instrucción a consulados, ayuntamientos y Registro Civil acorde con la Ley de Memoria Democrática, para que solo se inscriban en el censo electoral quienes prueben que su ascendiente se exilió «por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación sexual y no cuando tales razones se hayan presumido».
La 'ley de nietos' exige acreditar la condición de exiliado por la Guerra Civil y la dictadura para poder optar a la nacionalidad española, pero la instrucción de Justicia abre la posibilidad de obtener la ciudadanía a cualquier descendiente de español, excediendo claramente el ámbito de competencias de la exdirectora general que la aprobó —Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente.
Noticia relacionada general No No La ampliación de la 'ley de nietos' se vuelve contra los descendientes de exiliados Ana SánchezCSIF denuncia que la instrucción está produciendo «unos efectos gravísimos sobre el ordenamiento jurídico y el sistema político en su conjunto; básicamente la ampliación desmedida e incontrolada del censo electoral».Borra subraya que esa instrucción de la Junta Electoral Central daría seguridad jurídica a los empleados públicos, ya que prevalecería sobre la aprobada por Puente.
CSIF está legitimado para plantear la ilegalidad de la instrucción de Justicia, ya que ésta se dirige a los empleados públicos y este sindicato ostenta la representación y defensa de los intereses profesionales de este colectivo.
De ahí que su petición no entre en ningún tipo de cuestionamiento político, sino que se centre en pedir a la JEC que establezca criterios claros, legales y coherentes para el ejercicio de la labor de quienes están tramitando estos expedientes.
Al mismo tiempo, CSIF también puede actuar ante un incorrecto funcionamiento de los servicios públicos como el que está teniendo lugar en los consulados, colapsados por las peticiones masivas de nacionalidad.
Este aluvión está perjudicando, precisamente, a aquellos a los que la Ley de Memoria Democrática pretendía proteger: los descendientes de verdaderos exiliados, que ven cómo la resolución de sus peticiones de nacionalidad va a demorarse durante años.CSIF también pide reglas claras para fijar el municipio de inscripción -y voto- de los nuevos nacionalizadosBorra solicita, además, a la Junta Electoral Central que dirija una segunda instrucción a los consulados «que contenga reglas claras y suficientemente precisas para determinar cuál es el municipio español de mayor arraigo del adquirente de la nacionalidad española no residente en España, a efectos de su inscripción en el censo electoral de residentes ausentes».
El presidente de CSIF formula esta petición para encauzar la actual «discrecionalidad del interesado» en la elección de circunscripción, ya que el formulario diseñado por el Gobierno permite al nuevo nacionalizado inscribirse -y por tanto votar- en un municipio sin acreditar ningún tipo de arraigo.
Por ello, Borra también solicita a la JEC que se establezcan «medios de justificación» del arraigo y de «control» de estas inscripciones.La Junta Electoral Central y la Oficina del Censo Electoral tienen las competencias necesarias para atender la petición de CSIF y adoptar medidas que garanticen que la inscripción en el censo electoral respeta los principios de legalidad y seguridad jurídica.
Según fuentes parlamentarias, este órgano debe reunirse antes de que finalice julio, y aunque aún no está fijada la fecha ni el orden del día, lo habitual es que resuelva todas las cuestiones que se hayan presentado desde su anterior reunión.El sindicato sostiene que la instrucción de Justicia excede las competencias de una dirección general y altera el alcance de la Ley de Memoria DemocráticaA lo largo de su escrito, CSIF pone de manifiesto las dudas jurídicas y organizativas que plantea la aplicación de la instrucción que emitió la exdirectora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública al no ajustarse su contenido al de la Ley de Memoria Democrática.
En este sentido, el sindicato denuncia que la instrucción está teniendo efectos relevantes en la adquisición de la nacionalidad española y, en consecuencia, en el censo electoral.
Sin cuestionar la legislación No cuestiona, por tanto, ni la Ley de Memoria Democrática ni el reconocimiento de derechos a los exiliados, sino la legalidad de la citada instrucción.
Para ello, recoge un dictamen del Consejo de Estado de 2022 en el que este órgano subraya haber recordado «en infinidad de ocasiones que los directores generales no tienen potestad reglamentaria».
La Constitución establece que el titular de esta potestad es el Gobierno, dejando a los directores generales sin competencia normativa, y sin posibilidad de recibir la delegación de la potestad de dictar resoluciones de carácter general; solo pueden emitir instrucciones con efectos puramente internos.
A partir de aquí, CSIF denuncia que la instrucción dictada por Sofía Puente «introduce una previsión (la nacionalidad sin acreditar exilio) que no está contemplada en la Ley de Memoria Democrática», y que lo hace a pesar de que «ni siquiera es una norma o una disposición de carácter general».
Denuncia que la instrucción «introduce una previsión que no está contemplada en la Ley»La propia Puente, continúa el sindicato, carecía de «cualquier habilitación para desarrollar la Ley de Memoria Democrática», ni siquiera en cualquier aspecto «nimio o subordinado», y actuó sin la existencia previa de «trámites esenciales como el preceptivo dictamen del Consejo de Estado». «Ni siquiera el Gobierno, en ejercicio de su potestad reglamentaria, habría podido aprobar una presunción como la contenida» en la instrucción, subraya CSIF.El resultado fue una instrucción que «no es acorde con el espíritu y finalidad de la Ley de Memoria Democrática: permitir optar por la nacionalidad española única y exclusivamente a los descendientes de españoles que se hubieran exiliado por razones políticas, lo que no es equivalente a haberse desplazado o haber salido de España de forma voluntaria».
Si la JEC atiende la solicitud e de CSIF el impacto de la Ley de Memoria Democrática en el censo electoral apenas sería evidente ya que la anterior Ley de Memoria Democrática aprobada por José Luis Rodríguez Zapatero ya incluyó la concesión de nacionalidad a los descendientes de exiliados y el grueso de los mismos se acogió a ella, según los cálculos de las propias asociaciones de víctimas. ...
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