La Justicia ordena la retirada definitiva de una 'estelada' en una rotonda de Igualada

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Barcelona plaza número 6 ha ordenado al Ayuntamiento de Igualada (Barcelona) retirar de forma definitiva la bandera 'estelada' que ondeaba en una rotonda de la localidad, en la confluencia de la avenida de Cataluña con la carretera de Manresa, junto al Hospital.
La decisión condena al consistorio que, hasta la fecha, había alegado que la enseña era de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) aunque estuviera en un espacio público y el mástil sí fuera del consistorio.Según ha informado Impulso Ciudadano, entidad recurrente, la Justicia ha estimado su recurso por la presencia permanente de una 'estelada' en un mástil en una rotonda de Igualada y ha confirmado su retirada, que ya se había efectuado en 2023 (tras diez años de exhibición).
Como en otras ocasiones, los tribunales han recordado que los espacios públicos son de todos y no pueden mostrar símbolos partidistas y menos de forma permanente.
En esta ocasión, una bandera independentista, que no es la oficial de Cataluña.La resolución judicial, aportada por la asociación que preside Rafael Arenas, ha rechazado el argumento utilizado por el ayuntamiento para intentar eludir su responsabilidad.
El consistorio sostuvo que la 'estelada' no era de propiedad municipal y que no había sido instalada por decisión municipal.
La enseña era de la ANC.
Pero estaba en un lugar público.
Y el mástil era del ayuntamiento.
Por lo que la libertad de expresión está limitada.
Y la juez considera que esta alegación no exime al ayuntamiento de sus obligaciones.En este sentido, la juez ha apuntado que es «altamente improbable» que una bandera de esas dimensiones pudiera colocarse en una rotonda pública sin autorización expresa de los servicios municipales o, al menos, tácita del ayuntamiento, y ha calificado de «peregrina» la excusa ofrecida por los responsables del consistorio, que, en cualquier caso, conocían su existencia y, a pesar de ello, no adoptaron ninguna medida para retirarla y evitar la «privatización del espacio público» mediante su ocupación por un elemento que representa una opción partidista.Ahondando en esta argumentación, los tribunales reiteran permanentemente en este tipo de sentencias que el principio de neutralidad no se limita a las fachadas de los ayuntamientos o a los edificios administrativos.
También alcanza a las calles, rotondas, farolas, mástiles y demás bienes públicos sometidos al control de las administraciones.
Una doctrina con solidada por el Tribunal Supremo y aplicada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.Con esta sentencia, que condena al ayuntamiento -en manos de Junts- a pagar las costas y que se puede recurrir en apelación en 15 días, se confirma que la 'estelada' de Igualada no volverá a exhibirse en un espacio público.
La bandera fue retirada en diciembre de 2023 -tras diez años exhibiéndose sin que ninguna administración interpusiera un recurso ante la Justicia- cuando Impulso Ciudadano solicitó medidas cautelares en este procedimiento judicial. ...
이 뉴스, 어떠셨어요?
탭 한 번으로 반응 · 로그인 불필요