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La Comisión Europea señala que corresponde a los tribunales españoles "aplicar la sentencia" de la amnistía tras la denuncia de Puigdemont

elDiario.es

Bruselas confirma la recepción del escrito pero se niega a hacer comentarios sobre la denuncia de los abogados del presidente de Junts. El organismo europeo explica que desde la recepción de la denuncia hasta la adopción de una decisión puede pasar hasta un año.
Puigdemont denuncia a España ante la Comisión Europea por no cumplir la sentencia del TJUE sobre la amnistía

La Comisión Europea ha confirmado la recepción de la denuncia de los abogados de Carles Puigdemont para que se abra un procedimiento de infracción contra España por el supuesto incumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la ley española de Amnistía. La institución europea ha señalado que “corresponde a los órganos jurisdiccionales nacionales remitentes aplicar las sentencias del Tribunal de Justicia”, negándose a hacer más comentarios sobre la denuncia de Puigdemont.

En un escueto comunicado, Bruselas apunta que “cuando se presentan denuncias se tramitan de acuerdo con el procedimiento habitual de la Comisión. Tras su recepción, las denuncias son examinadas, registradas y evaluadas antes de que se adopte una decisión. En esta fase no tenemos más comentarios que añadir”. El organismo explica que desde la recepción de la denuncia hasta la adopción de una decisión puede pasar hasta un año.

La respuesta oficial de la institución europea es parecida a la que ya dio del comisario europeo de Justicia, Michael McGrath, que dijo el pasado viernes que “ahora corresponde al tribunal remitente aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE” sobre la Ley de Amnistía. McGrath entonces recalcó que “la Comisión siempre respeta y acata las sentencias del Tribunal de Justicia, y por tanto tomamos nota detenidamente de todas las resoluciones del Tribunal, incluida la relativa a la ley de amnistía española. Ahora corresponde al tribunal remitente aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia. Seguiremos de cerca este asunto”.

Hace un año, la Comisión Europea puso en duda la norma española al declarar que “no parece que la ley de amnistía responda efectivamente a un objetivo de interés general reconocido por la Unión” en su respuesta a las prejudiciales que mandó al TJUE a instancias del Tribunal de Cuentas.

Denuncia de Puigdemont

Puigdemont denunció a España ante la institución comunitaria por no cumplir la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la ley de amnistía. La denuncia, que firman también los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig, acusa al Tribunal de Cuentas de un incumplimiento “manifiesto y deliberado” de la sentencia, después de que éste optase el lunes por no aplicar aún la medida de gracia y dar diez días a las partes para aportar nueva información.

El pasado 16 de julio el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldó la norma española y descartó que contravenga la normativa comunitaria antiterrorista o que atente contra los intereses financieros de la Unión, tal y como consideraban dos juzgados españoles. El texto de la resolución remarca que un Estado Miembro de la UE puede aprobar una ley de amnistía “en aras de un objetivo de reconciliación nacional”, que además define como “un instrumento adecuado para apaciguar un conflicto político o social”.

La sentencia del TJUE no tiene efectos inmediatos para Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de exconsellers aún no amnistiados, que quedaron excluidos de la aplicación de la Ley de Amnistía porque el instructor del procés, Pablo Llarena, y la mayoría de la Sala del magistrado Manuel Marchena en el Tribunal Supremo determinaron que se habían enriquecido personalmente al no afrontar de su bolsillo los gastos del procés. Los políticos recurrieron esta interpretación ante el Tribunal Constitucional, que todavía tiene que dictar sentencia.

Sin embargo, la sentencia del TJUE es un espaldarazo al tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido de cara a este último y decisivo episodio. El fallo de los jueces de Luxemburgo refrenda la interpretación que ha realizado hasta ahora el Constitucional de la norma. La resolución cita textualmente la primera sentencia del tribunal de garantías que rechazó el recurso del PP y avaló la constitucionalidad de la ley en 2025. ...

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